UNAV. MEMORIA 2001 - CESE DE OPERACIONES SWISSAIR Y SABENA

La importancia de ambos hechos, dieron lugar a actuaciones puntuales de nuestra Federación Asociativa, en defensa de los intereses de nuestros asociados.

Detallamos las actuaciones llevadas a cabo, según nota de FEAAV.

El día 2 de octubre, la compañía Swissair comunicaba la suspensión, en principio temporal, de sus vuelos, debida a la falta de suministro de queroseno. Hecho que transmitimos puntualmente.

Inmediatamente mantuvimos reunión con B.S.P. así como establecimos contacto con la Asociación de Agencias de Viajes Suiza (SRV) y ECTAA, con el fin de conocer, tanto su posicionamiento ante estos hechos, como el de otras asociaciones europeas.

B.S.P. remitió circular a todas las agencias de viajes, en aplicación de la resolución 850, acuerdo "F", informando que retendrían la liquidación de la Compañía correspondiente al mes de septiembre, con el fin de hacer frente, en un primer término, a los reembolsos correspondientes.

Ese mismo día pusimos en conocimiento del sector la suspensión de pagos de SABENA, así como de la información recibida en cuanto a que el Gobierno Belga había concedido una línea de crédito que permitiera a la Compañía continuar con sus operaciones, con un tiempo limitado.

El 4 de octubre se remitió carta al Director General de IATA España en la que se ponía de manifiesto:

  1. Que IATA como Asociación de Líneas Aéreas no ha implementado un mínimo de operatividad para estas situaciones, en base a poner de acuerdo a las Compañías a la hora de aceptar los valores de prorrateo.
  2. Que las Compañías Aéreas salvo, muy honrosas excepciones, habían demostrado no estar a la altura de las circunstancias, ya que no solamente no habían dado soluciones operativas, sino que de esta situación podrían haber obtenido un provecho superior al normal, lo que de ser cierto, tendría una gravedad extraordinaria.
  3. Que IATA como Asociación de Líneas Aéreas sólo gestiona derechos de sus miembros y no les impone las obligaciones correlativas.

Así, la Circular citada recordaba la obligación de pagar el día 15 de octubre la liquidación correspondiente a septiembre (remarcaba que "como de costumbre") haciendo caso omiso de que hay una relación directa entre la costumbre de pagar y la costumbre de que la Compañía provea los vuelos contratados.

Por otra parte, se añadía que las peticiones de reembolsos de billetes que no sean incluidas antes del 7 de octubre deberían ser enviadas a SWISSAIR directamente, lo que no deja de ser una indicación incomprensible, por calificarla suavemente; en efecto, se requeriría a las Agencias que se dirigieran directamente a una Compañía Aérea que ha suspendido oficialmente sus compromisos económicos y de transporte.

Ante este conjunto de situaciones, absolutamente inaceptables, para un ámbito de actuación regido por normas de derecho y no por la imposición de una de las partes, se requirieron las siguientes acciones:

  • Reembolso de los billetes de SWISSAIR parcialmente utilizados por causas imputables a la suspensión de los vuelos de SWISSAIR, sin poder llegar o volver del destino contratado.
  • Reembolso de los costes de los rerouting, que ha supuesto cada billete, siendo muy importante tener en cuenta que estos costes van directamente relacionados con la aplicación de tarifas plenas por parte de las Compañías Aéreas.
  • Reembolso de los servicios extras en aquellos paquetes turísticos sujetos a la Ley de viajes combinados.

El día 11 de octubre informábamos que, a pesar de la celebración de intensas y profundas reuniones para resolver la problemática planteada, la situación no estaba satisfactoriamente resuelta.

Se ponían de manifiesto los posibles riesgos:

  • Posibilidad de no poder resarcirse adecuadamente de las demandas de SWISSAIR.
  • Caer en "default" si las agencias optaban por eludir los pagos de la siguiente liquidación a B.S.P.

Recomendando:

  • Que las Agencias, respecto de las cuales la deuda de SWISSAIR fuera poco significativa, a juicio de las propias Agencias, abonaran completa la liquidación de 15 de octubre; por supuesto, eso no significaría renunciar al cobro de esas deudas, sino sencillamente permitir su aplazamiento.
  • En cuanto a las demás Agencias, IATA debería aceptar que, teniendo en cuenta los perjuicios ocasionados a las Agencias por SWISSAIR, más los riesgos que resultaban previsibles respecto del futuro de esta Compañía aérea, esas Agencias no abonaran el 15 de octubre las partidas correspondientes a los billetes no utilizados o parcialmente utilizados, con independencia de que habían sido incluidos en el parte de ventas correspondiente a la primera semana de octubre o en los subsiguientes de este mes. Por tanto :
  • detraer del pago de la liquidación del próximo día 15 los cargos correspondientes a esos billetes, impugnándolos con un texto como el que se indicaba a continuación; esa impugnación minoraría riesgos, aunque no los evitaría totalmente; por tanto, la decisión pertenecería a la libre voluntad empresarial.

Rogando a las Agencias "impugnantes", que enviaran copia de su impugnación a su respectiva Asociación, para que ésta lo transmitiera a CAAVE y pudiera ayudarles en su seguimiento. ( Se remitía modelo de escrito de impugnación)

El comportamiento de IATA en relación con el asunto SWISSAIR evidenció, con mayor relieve que nunca, la necesidad de introducir cambios en las relaciones de IATA con las Agencias, acordándose trabajar en la búsqueda de la existencia de fórmulas legales que permitan restablecer la justicia, así como informamos a la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento y a la Secretaría General de Turismo.

    Así mismo, y en cuanto a medidas concretas en el momento, se reiteró la recomendación de proceder, con la máxima rapidez a:

  • Incluir en los partes de ventas del mes de octubre todas las notas de reembolso, aún no remitidas, relativas a:

            - Billetes emitidos y no utilizados.

            - Billetes parcialmente utilizados o con restricciones (se incluyen en este grupo los que, con esa utilización parcial, no han permitido llegar al lugar de destino o regresar al punto de origen).
  • Remitir a SWISSAIR todos los gastos documentados, relativos a los siguientes supuestos:

            - Billetes de otras Compañías emitidos como transporte alternativo a los billetes de SWISSAIR.

            - Gastos colaterales ocasionados por la inejecución del contrato de transporte aéreo por parte de SWISSAIR (hoteles, gastos de cancelación, etc..).

El 7 de noviembre FEAAV realizó propuesta al Comité Ejecutivo de CAAVE, que una vez aprobada, se remitió en los términos siguientes:

La puesta a disposición de las Agencias que decidan reclamarle:

  • La cuenta AEDAVE-FEAAV del Banco Popular 0075 0458 01 0600317000, si IATA/España no aceptara inmediatamente, lo que se le había propuesto por escrito.

En esa cuenta, las Agencias que lo estimaran oportuno, podrían ingresar las cantidades correspondientes a la suma de los gastos de:

  • billetes de otras Compañías Aéreas emitidos como transporte alternativo a los billetes de SWISSAIR.
  • Gastos colaterales ocasionados por la inejecución del contrato de transporte aéreo por parte de SWISSAIR: hoteles, gastos de cancelación, etc.
  • efectos económicos que puedan derivarse de las responsabilidades administrativas derivadas del cese de operaciones de SWISSAIR.

Cuando ya estaba redactada esta comunicación, nos comunicó la Presidenta de la Comisión de Relaciones Aéreas:

  • que había recibido promesas verbales de SWISSAIR muy positivas en cuanto a una rápida liquidación de los billetes de otras Compañías y gastos colaterales, aunque todavía no se haya llegado al compromiso formal correspondiente producido.
  • que había recibido noticias de la suspensión de actividades de SABENA, con posible quiebra legal. Por ello, si alguna Agencia resultase perjudicada con daños económicos similares, a los que hemos examinado en el caso SWISSAIR, podría deducir también de la liquidación del 15 de noviembre los importes citados referidos a SABENA e ingresarlos en la cuenta que finalmente se recomiende.

Por último en la reunión de APJC celebrada el 27 de noviembre, el representante de SWISSAIR nos informó que, a esa fecha, se había procedido al pago de los reembolsos y de los gastos colaterales. Así como que estaba prevista la constitución de nueva Compañía a partir del 1 de abril que se haría cargo de todos los compromisos adquiridos por SWISSAIR.