El periodo de validez de las pruebas diagnósticas de Covid-19 en los controles sanitarios se amplía, a petición de las agencias de viajes

  • La solicitud de una agencia integrada en UNAV —Mi Mundo Travel Planner— y las gestiones llevadas a cabo tanto por los departamentos jurídicos de esta asociación y CEAV ante diferentes ministerios hacen posible esta ampliación, que hoy se publica en el BOE y entrará en vigor a partir de mañana

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Madrid, 13 de julio de 2021.- La solicitud de una agencia integrada en UNAV —Mi Mundo Travel Planner— y las gestiones llevadas a cabo tanto por los departamentos jurídicos de esta asociación y CEAV ante diferentes ministerios ha permitido que, a partir del 14 de julio, el periodo de validez máximo de las pruebas diagnósticas de infección activa de Covid-19 sea de 72 horas, en caso de las pruebas de ácido nucleico molecular, y de 48 horas en el caso de las pruebas rápidas de antígeno, considerando este periodo desde la fecha de la toma de la muestra, según acuerdo adoptado por el Comité de Seguridad Sanitaria de la Comisión. 

De este modo, se amplía la antelación de la realización de la prueba a 72 horas anteriores a la llegada a España, y no a 48 horas como había establecido la resolución del 4 de junio relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España. La nueva resolución de la Dirección General de Salud Pública, que tiene fecha de 9 de julio, se ha publicado hoy en el BOE y tendrá vigencia a partir del 14 de julio. 

Así las cosas, tras el cambio normativo del apartado séptimo de la resolución de 4 de junio de 2021, el certificado de  prueba diagnóstica deberá incluir, al menos, la siguiente información: 

  • Nombre y apellido del titular
  • Fecha de la toma de la muestra
  • Tipo de test realizado
  • País emisor

“La decisión de aquella resolución —asegura María José Blanco, co-founder de Mi Mundo Travel Planner— nos había había creado un problema grandísimo a las agencias, pues había destinos que nos estaba resultando imposible que se pudiese cumplir la normativa sobre las 48 horas para las pruebas de antígenos/PCR, de hecho hay países que no hacen antígenos o no admiten antígenos como prueba certificada”. 

A partir de la comunicación efectuada por esta agencia, a la que luego se sumaron otras agencias, se puso en marcha una actuación conjunta de CEAV y UNAV, dado que realmente había destinos para los que resultaba realmente imposible que esto se pudiese cumplir, “y porque iba en coherencia con lo que ha establecido el Reglamento del Certificado Digital Covid de la UE”. 

“Aunque el cambio que se ha producido es sustancial para el conjunto de las agencias, lo que realmente pone de manifiesto esta importante modificación es el valor del asociacionismo, en primer término, pues constata que una correcta canalización de la petición de un asociado puede conllevar variaciones de alcance, y, en segunda instancia, subraya igualmente la importancia del trabajo en equipo que llevan a cabo UNAV y CEAV en el día a día en defensa de las agencias de viajes”, explican las personas que directamente han llevado a cabo la actuación, Mercedes Tejero, por parte de CEAV, y María Dolores Serrano, en representación de UNAV. 

En la imagen, María José Blanco, co-founder de Mi Mundo Travel Planner.