Informes

Incremento del 4% de la Tasa de Seguridad.

La Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales para 2003, en relación con tal incremento, establece en su artículo 21 lo siguiente:

La tasa de seguridad regulada en el artículo 28 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, se eleva para el 2003 hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,04 a la cuantía fijada para el año 2002.

No será de aplicación lo dispuesto en el artículo 62.1 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003.